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Otorga juez un amparo contra la distribución de los LTG en Chihuahua

Padres de familia promovieron el juicio el 19 de septiembre pasado // No se podrá obligar a sus hijos a usar los ejemplares vigentes, indica el fallo

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▲ La togada instruyó que se haga una nueva revisión y deliberación en relación con los planes y programas de La Nueva Escuela Mexicana. En la imagen, protesta de docentes contra la gobernadora María Eugenia Campos en agosto pasado.Foto Gustavo Ramos

César Arellano García

Periódico La Jornada
Miércoles 3 de abril de 2024, p. 15

Una juez de distrito de Chihuahua otorgó un amparo a padres de familia contra la distribución de los libros de texto gratuitos (LTG) del ciclo escolar 2023-2024, y para que a sus hijos no se les obligue a utilizarlos. Los efectos de la medida cautelar también son para que los menores continúen cursando su educación básica conforme a los planes de estudio, programas y libros aprobados en 2017, ya sea en físico o digital.

Además, Madhay Soto Morales, jueza décima de distrito en el estado de Chihuahua, resolvió que las autoridades educativas tendrán que salvaguardar a los estudiantes de no ser excluidos o segregados por la no utilización del material didáctico, con el objetivo de inhibir y erradicar el acoso escolar, y ordenó una nueva revisión y deliberación de los planes y programas de estudios, así como materiales educativos que se pretendan aplicar de acuerdo con los parámetros constitucionales.

El gobierno federal puede impugnar el fallo para que el caso se turne a un tribunal colegiado de la entidad, que determinaría si confirma, modifica o revoca el fallo de primera instancia.

Los padres de familia promovieron el juicio de amparo el pasado 19 de septiembre, donde reclamaron la omisión de someter a consulta el nuevo plan y programas de estudios para los niveles de prescolar, primaria y secundaria de educación básica, así como la orden de autorización, impresión, edición, distribución y entrega de los libros de texto gratuitos para el ciclo escolar 2023-2024, correspondientes a dicho nivel educativo.

La juez argumentó en su resolución que la impresión de los libros de texto sería válida si previamente se hubieran integrado los planes y programas de estudio “a la luz de los principios y procedimientos constitucionales y legales, determinado sus contenidos y los lineamientos de evaluación y aprobación, para que en su oportunidad fueran publicados en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano informativo de cada entidad federativa; y dentro de sus respectivas competencias legales, se diera la capacitación oportuna, completa y debida al magisterio”.

Soto Morales añadió que el proceso para el establecimiento de un nuevo plan de estudios, así como el de creación, autorización, impresión y distribución de los libros de texto gratuitos no se ajustó a las disposiciones normativas en materia de educación, vulnerando el derecho a la educación e interés superior de la niñez, en concreto, de los quejosos infantes, pues no se tiene certeza de que el ciclo escolar 2023-2024 se ajustará al plan de estudios denominado La Nueva Escuela Mexicana, autorizado por la Secretaría de Educación Pública, ni que los libros de texto gratuitos para primaria y secundaria se ajusten a los planes y programas de estudio vigentes.

“El procedimiento utilizado por las autoridades es inconstitucional, ya que primero se imprimieron los libros y posteriormente se aprobaron y después se aprobó y ordenó la publicación de dichos programas de estudio, cuando esto último debe realizarse en primer orden, porque aquéllos –los libros de texto– se deben ajustar a los programas de estudio y no a la inversa.”

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