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viernes, octubre 25, 2024

¿Cuáles son los tipos de incapacidades que cubre el IMSS?

IMSS

Es muy importante que los trabajadores informen su situación de inmediato al empleador y al mismo IMSS, garantizando el acceso seguro al pago de su incapacidad.

Por: Alejandra Bedoya

¿Cuáles son los tipos de incapacidades que cubre el IMSS?
Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) | Internet

México.- Las incapacidades otorgadas por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) hacen referencia a una prestación que brinda esta dependencia para proteger económicamente a los trabajadores que, debido a una enfermedad, accidente o cualquier otra condición médica, se encuentran impedidos para realizar y cumplir con sus labores habituales.

Este es un derecho de los trabajadores inscritos en el IMSS que cumplan con los requisitos de cotización y reporten su condición. Sin embargo, es muy importante que estos informen su situación de inmediato al empleador y al mismo IMSS, garantizando el acceso seguro al pago de su incapacidad.

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¿Cuáles son los tipos de incapacidades que cubre el IMSS?

Riesgo de Trabajo:

-No requiere semanas cotizadas.

-100 por ciento del salario registrado en el IMSS, al inicio de la incapacidad.

-De un día hasta el término de 52 semanas, según lo determinen los Servicios Médicos del IMSS.

Enfermedad General:

-Cuatro semanas inmediatas anteriores al inicio de la enfermedad.

-Si es trabajador eventual, seis semanas en los cuatro meses anteriores al inicio de la enfermedad.

-60 por ciento del salario registrado en el IMSS, al inicio de la incapacidad.

-A partir del cuarto día hasta el término de 52 semanas, según lo determinen los servicios médicos del IMSS, se podrá prorrogar hasta por 26 semanas más.

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Maternidad:

-30 semanas en los 12 meses anteriores a la fecha en que inicia la semana 34 de gestación.

-Cuando la asegurada no cumpla con este requisito, quedará a cargo del patrón el pago del salario íntegro, mientras dure el periodo de incapacidad.

-Para el certificado único de incapacidad por maternidad, será el 100% del salario registrado en el IMSS, al inicio de la semana 34 de gestación, por el total de días que ampare el documento.

Fuente: Línea Directa

Fotografía de perfil de Alejandra Bedoya

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