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sábado, noviembre 2, 2024

Llega el frío, llega el “efecto submarino”. Y la DGT te puede poner hasta 200 euros de multa

Cuidado al volante.

Llega la época fría de año (comienza, más bien, puesto que para las temperaturas más bajas todavía habrá que esperar un poco) y la peligrosidad aumenta en la carretera. Por un lado, las precipitaciones hacen que las carreteras sean más inseguras, por otro, puede haber heladas… pero es que el frío puede ser un peligro incluso dentro del automóvil.

Para luchar contra él lo habitual es utilizar la calefacción y/o el climatizador, pero como todavía no hace un frío extremo y dado que usar esos sistemas aumenta el consumo del coche, no son pocos los conductores que combaten los grados de menos utilizando más capas de ropa o directamente abrigos, lo que entraña cierto peligro y además es sancionable.

Es muy habitual en internet ver a usuarios que se hacen la pregunta de “¿me pueden multar por conducir con el abrigo puesto?”, y la respuesta es sí y no. Nos explicamos.

No existe ninguna norma que prohíba de manera explícita el uso del abrigo al volante, pero sí que hay un artículo del Reglamento General de Circulación que, según la interpretación del agente, puede llevar a ese punto.

Se trata del 18.1, que reza lo siguiente: “El conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía”. 

De esta manera, dentro de todos los aspectos a los que hace referencia, es ese “está obligado a mantener su propia libertad de movimientos” lo que es interpretable como que, si la ropa de abrigo que lleva puesta el conductor no le permite llevar a cabo movimientos con normalidad, algo que es posible con abrigos gruesos, es susceptible de ser sancionado.

Ahora bien, ¿qué multa te pueden poner por eso? Por norma general es considerado como una sanción leve, lo que se traduce en un pago de 80 o 100 euros. Sin embargo, en la actualización del reglamento se introdujo una leve modificación que puede hacer que la cuantía aumente.

Y es que se estipula que si no se utiliza de manera adecuada el cinturón de seguridad (u otros elementos de seguridad como el casco o un dispositivo de retención infantil), puede considerarse como una infracción grave. Es por eso que la sanción puede llegar a ser de hasta 200 euros.

multa conducir abrigo voluminoso

Sin embargo, la conducción con abrigo no solo entraña un peligro para la cartera, también lo puede implicar para la seguridad de quien lo utilice, ya que puede provocar el conocido como “efecto submarino”.

Éste básicamente consiste en que, debido a un mal uso del cinturón de seguridad, en caso de un accidente, el cuerpo del usuario se deslice por debajo del mismo, con lo que el sistema de retención es completamente inútil.

El ejemplo más habitual que se pone de esto es el de copilotos que van en el coche con los pies en el salpicadero, pero también se puede producir al llevar el abrigo puesto, ya que esto hace que el cinturón no se ajuste lo suficiente, haya holguras y pueda producirse el mismo resultado.

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